Publicadas las bases para la concesión de subvenciones del Ayuntamiento para la participación en competiciones deportivas oficiales DEPORTES

La concejala de Deportes, Blanca Fernández, ha informado hoy en el Ayuntamiento de que “con fecha de ayer lunes, 4 de julio, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (nº 126, Suplemento 1), las bases para la concesión de subvenciones por la Fundación Deportiva Municipal para la participación en competiciones deportivas oficiales”.

Según ha explicado, “las solicitudes deberán presentarse en un plazo de 30 días hábiles, concretamente hasta el 8 de agosto, en el Registro General del OAL Fundación Deportiva Municipal de Marbella, sito calle Caballeros nº 25, 2ª planta”, sin perjuicio de los demás medios de presentación establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.


También ha destacado que “las bases van dirigidas a clubes y asociaciones deportivas radicados en el término municipal de Marbella por el fomento y promoción con fines deportivos, la práctica deportiva y su participación en las diversas competiciones de carácter federativo en las que se encuentren inmersos ayudando de esta forma a sufragar parte de los gastos que les ocasionen las mismas” y ha resaltado que “se ha establecido una dotación presupuestaria de 160.000,00 € con cargo al presupuesto del OAL Fundación Deportiva Municipal de Marbella, lo que supone un incremento del 14,20% sobre el importe otorgado en la temporada 2014-2015 (140.000,00€), con tramitación en régimen de concurrencia competitiva”.

Según se establece en las bases, como requisito para la obtención de la subvención, los clubes deportivos o asociaciones deben tener sede oficial en el municipio de Marbella, estar inscritos en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas, así como en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas, con al menos un año de antigüedad en el momento de publicarse la presente convocatoria, y no estar incursos en ninguna de las prohibiciones establecidos en el Art. 13.2 de la Ley General de Subvenciones, que se resumen en:

– Que no hayan justificado en los términos y condiciones establecidos, cualquier subvención económica concedida por el Ayuntamiento de Marbella.
– No hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, respecto al Ayuntamiento de Marbella.
– Aquellos clubes y/o asociaciones en cuya denominación figure como nombre el de una empresa o entidad privada.
– Que tengan suscrito convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Marbella para el mismo fin del que es objeto esta subvención.
– Clubes deportivos o asociaciones que se encuentren afectados por suspensión o inhabilitación debido a sanción disciplinaria firme.

Como obligaciones de los beneficiarios se encuentran las siguientes disposiciones:

– Dar publicidad de la subvención, mediante el Logotipo del Excmo. Ayuntamiento en las equipaciones deportivas u otras fórmulas.
– Justificar los gastos subvencionables conforme a lo establecido en estas bases.
– Otras derivadas de dar facilidades de comprobación de documentación y comunicación a este OAL.

La fecha límite para presentar las solicitudes será el 8 de agosto de 2016 y los criterios objetivos de otorgamiento de la subvención son:

A) Valoración de la estructura de la Asociación Deportiva/Club (máximo de 660 puntos).
o Reconocimiento/Nº Secciones Deportivas
o Licencias de la Asociación/Club
o Años federados de la Asociación Deportiva.
o Estructura de la Asociación Deportiva.
o Constitución de Seguro de Responsabilidad Civil.

B) Valoración de la participación de la Asociación Deportiva en Competición Federada (un máximo de 340 puntos).
o Valoración según ámbito de la competición (Nacional/Autonómico/Provincial)

Cuantía máxima de la subvención: El importe de la subvención concedida a cada entidad resultará de la distribución del importe máximo de la dotación presupuestaria anteriormente señalada entre los beneficiarios que reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria, en función de la puntuación obtenida conforme a los criterios anteriores, pero en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aislada o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, supere el 60% del total del presupuesto del proyecto subvencionable.

Gastos subvencionables:

– Los gastos de viajes y dietas (desplazamientos, alojamiento y manutención) deriven de la participación en partidos y/o competiciones oficiales debidamente acreditados por la federación correspondiente.
– Los gastos de adquisición de ropa deportiva necesaria, siempre que en ellos figure el logotipo del Ayuntamiento de Marbella, que deberá ser acreditado a través de un medio gráfico.
– El importe líquido de las nóminas de los jugadores y entrenadores, siempre y cuando éstos se encuentren en régimen de alta frente a la seguridad social.
– Las facturas por los servicios profesionales prestados por los jugadores y entrenadores.
– Los gastos federativos y de arbitrajes.
– Los gastos de alquiler de instalaciones deportivas siempre que éstas no se encuentren adscritas a los efectos de su gestión al Ayuntamiento de Marbella.

Pago de la subvención: Tras la resolución definitiva de la concesión, el 60% de la cantidad subvencionada, y, tras la justificación en los términos establecidos en las Bases y normativa de aplicación, el 40% restante.

Plazos de renovación de actividades deportivas
Por otro lado, Blanca Fernández ha señalado que “la delegación municipal de Deportes mantendrá abierto el plazo de renovación de las cuotas de actividades deportivas entre el 6 y el 20 de julio de 2016, para aquellas personas que estén al corriente de pago de los dos últimos meses”.

Asimismo, la responsable de Deportes ha explicado que “del 25 de julio al 3 de agosto permanecerá abierto el plazo para solicitar el cambio de grupo de actividades, siempre que estén al corriente de pago y haya plazas disponibles, y del 8 al 24 de agosto se establece el plazo para nuevas inscripciones”.

 

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